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Contingencia Común
1. ¿En Mutua Universal puedo escoger centro asistencial y médico como en la Seguridad Social?
No nos corresponde efectuar ninguna actividad asistencial, solamente el control y seguimiento, que efectuaremos con los medios mas adecuados a cada zona/circunstancia.
2. ¿En algún caso puedo cambiar el médico de la Seguridad Social por uno de la Mutua?
La prestación de la asistencia sanitaria es obligación del correspondiente Servicio de Salud Autonómico. Si nosotros, excepcionalmente, se lo ofrecemos podrá atenderse en Mutua, si así consiente, previa conformidad de la Inspección del Servicio Público de Salud.
Contingencia Profesional
1. ¿En Mutua Universal puedo escoger centro asistencial y médico como en la Seguridad Social?
Entendemos que el tratamiento de la Asistencia Sanitaria es similar al del régimen general, es decir; deberán utilizar nuestra red asistencial y nosotros podremos negar la asistencia en aquellos centros que no formen parte de nuestro dispositivo asistencial, con la lógica excepción de la Urgencia Vital. Evidentemente si ha ejercitado la correspondiente opción para cubrir esta contingencia con nosotros.
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